Aplicaron los alcances de la Ley de Maltrato Animal 

Tras recibir una denuncia al 911, la policía concurrió a un domicilio de calle Guido Spano y avenida Interurbana de Fray Luis Beltrán donde se estaba llevando a cabo una riña de gallos. 

En el lugar, los uniformados entrevistaron al propietario –identificado como A.A.G.- quien les confirmó la actividad ilegal que se estaba desarrollando, por lo que le informaron la gravedad del hecho por incumplimiento de la Ley 14.346 (“de maltrato animal”) y lo aprehendieron. 

Finalmente, secuestraron a los animales y los trasladaron a la sede de la comisaría Cuarta con la colaboración de agentes municipales de Tránsito municipal e intervención de la Fiscalía en turno de San Lorenzo. 

gallitos

¿Qué dice la Ley 14.346? 

La norma de alcance nacional conocida como “ley de maltrato animal” en su artículo Primero expresa que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”. 

Luego, en su artículo Tercero define a los considerados “actos de crueldad” y menciona en el inciso 8º “realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales”.